lunes, febrero 20, 2006

Sufre Bill Gates revés en México

Febrero del 2006

Distrito Federal— Una abusiva estrategia de venta le salió cara a Bill Gates en México y puso al descubierto la forma en que las grandes compañías de computación estadunidenses, aprovechándose de la justicia mexicana, intimidan a las empresas nacionales con el pretexto del combate a la piratería.

Una historia de invención de delitos, falsificación de pruebas e inducción de testigos terminó en una condena de 90 millones de dólares en contra de Microsoft Corporation, Adobe Systems Incorporated, Autodesk Incorporated y Symantec Corporation, empresas que dominan el desarrollo, fabricación y venta de programas de computación en el mundo.

Desde las oficinas corporativas de esas empresas en Estados Unidos, no de sus representaciones en México, hace más de siete años salió una ofensiva judicial y mediática que, además, reveló cómo esas firmas cuentan con un brazo operativo sin vínculos formales con ellas, pero que se dedica a vigilar, investigar y denunciar en el mundo a las empresas por la real o supuesta utilización y reproducción de sus programas sin el pago de derechos.

Las firmas estadunidenses echaron a andar su maquinación el 13 de noviembre de 1997, cuando su apoderado legal, Carlos Schmidt Ruiz del Moral, interpuso ante la Procuraduría General de la República (PGR) una denuncia por piratería en contra de los socios y empleados de la empresa Consultores en Computación y Contabilidad (CCC), que entonces era una de las principales empresas dedicadas a la distribución de equipos de cómputo en el país por “telemarketing”.

Se trataba de una empresa familiar establecida en 1990 por Víctor Armando Rendón Alatorre, su esposa Melba Delfina Ojeda Solís y sus hijos Víctor Armando y Pablo Ángel. Contra ellos, las corporaciones pedían seis años de cárcel. Además, de ser cierta la acusación, les impondrían penas por evasión fiscal.

A pesar de estar sustentada en pruebas y declaraciones falsas ante el Ministerio Público, un juez federal dio la orden de cateo. Éste se cumplió el 11 de agosto de 1998, con un operativo para el cual la PGR convocó a la prensa. “Entraron y rompieron todo. Se metieron a las máquinas. Se sorprendieron porque no encontraron nada. Buscaron maquinaria para reproducir “software” y tampoco encontraron nada. Me dijeron que se tenían que llevar a alguien: ‘Afuera están los reporteros’”, cuenta Rendón Alatorre.

Instrumento de coerción

Ante la falta de evidencias, dice, las trasnacionales le “pidieron 10 mil dólares por el “software” pirateado o continuaban la acción penal. Yo tenía miedo de enfrentarme a esas empresas, pero la acción legal se mantuvo”. Y siguió también la suma de irregularidades, como la de presentar facturas falsas de la empresa con fechas posteriores a la demanda, a pesar de haber sido ofrecidas como pruebas al momento de la denuncia.

“Utilizaron documentos falsos fechados en julio de 1998, siete meses después de la demanda. No fue un descuido, sino un plan, pues no fue casualidad que el operativo haya coincidido con el lanzamiento en México del programa Windows 98 de Microsoft. Querían hacer ruido entre los distribuidores: ‘Si le pegamos a CCC, le podemos pegar a cualquiera’. En el fondo, lo que pretendían era aumentar sus ventas a partir del terror”, considera Romo.

Su abogado, Jorge Asali, avala esa consideración. Cuenta que en la página de Internet de Microsoft en México, la empresa recomendaba como herramienta de venta denunciar la piratería, porque ello causaba miedo a los infractores y los obligaba a pagar altos costos. “Decía que esto servía normalmente para subir las ventas de la empresa. Dimos fe de este hecho ante un notario público. Se lo hicimos saber a la empresa y de inmediato sacaron esta información de su página”.

La intención de las empresas demandantes al utilizar facturas falsas fue demostrar la supuesta piratería, ya que el “software” de las computadoras que vendía CCC no estaba desglosado. Le dijeron al Ministerio Público que la falta de desglose significa que se trataba de programas piratas. “Era una mentira más, pues ninguno de los distribuidores de ese equipo hace esa separación”, señala Romo.

El recurso de las facturas falsas puso al descubierto que en México operaba la Business Software Alliance (BSA), una organización internacional de desarrolladores de programas de cómputo y comercio electrónico que actúa en 65 países, de acuerdo con declaraciones judiciales de su asesor externo Richard E. Neff.

En realidad, dice Asali, la BSA actúa como una policía virtual que no tiene patrimonio ni domicilio, ni está constituida como sociedad.

Ante la inconsistencia de la acusación, la Fiscalía Especial de Delitos de Propiedad Intelectual de la PGR no le quedó más que decretar, en julio del 2000, el no ejercicio de la acción penal. Rendón continúa: “Dos años después, la PGR me exoneró. Pero perdí a mis clientes, como la Suprema Corte de Justicia de la Nación y Televisa. En ese tiempo mis hijos, que eran estudiantes, fueron señalados por sus compañeros como hijos de delincuentes. Mi esposa terminó con problemas de salud y, en mi caso, durante el tiempo que acudí al Ministerio Público, siempre tuve el miedo de que ya no regresaría a mi casa”.

Contrademanda

Ya exonerado, Rendón decidió demandar en San Diego, California, a las cuatro empresas por los daños causados, puesto que fueron las oficinas centrales de esas empresas en Estados Unidos las que promovieron la acción en su contra. La causa se abrió en el Tribunal Superior de Los Ángeles en octubre de ese año.

Microsoft Corporation, Adobe Systems Incorporated, Autodesk Incorporated y Symantec Corporation se opusieron a que la demanda se radicara en Estados Unidos y señalaron que, por tratarse de una empresa mexicana y de hechos ocurridos en territorio mexicano, debía interponerse en México. En febrero de 2002, el juez estadunidense de la causa, Robert L. Hess, obligó a los demandados a que se comprometieran mediante un documento judicial a “pagar las sentencias definitivas dictadas por los tribunales mexicanos”. La empresa de Bill Gates y sus codemandadas aceptaron.

Una primera condición del juez fue que las corporaciones evitaran alegar la prescripción de los delitos cometidos, pero fue lo que antepusieron cuando el caso llegó a los tribunales mexicanos. Debido a la prescripción de los delitos, la acusación terminó en una demanda por daño moral interpuesta en marzo de 2002.

Después de casi tres años de que el caso pasó por el Juzgado Primero de lo Civil del Distrito Federal, la Octava Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) y el Tercer Tribunal Colegiado del Primer Circuito en el Distrito Federal, el 12 de diciembre de 2005 el juez Primero de lo Civil, Víctor Manuel Silveyra Gómez, sentenció a las empresas a pagar 90 millones de dólares a CCC.

El fallo del juez se derivó de una sentencia firme e inmodificable de la Octava Sala del TSJDF del 27 de octubre de 2004, en la que se responsabilizó a las firmas estadunidenses de diversos ilícitos cometidos en agravio de la empresa mexicana, por lo que deberán de reparar, en forma solidaria, el daño moral causado a la empresa familiar por el monto que debía establecer el juez.

Los magistrados de la Sala señalaron que el juez debía tomar en cuenta que las firmas estadunidenses causaron un daño “grave” a CCC y que el grado de responsabilidad de las demandas alcanzó “su máximo nivel”. Precisaron que Microsoft Corporation, Adobe Systems Incorporated, Autodesk Incorporated y Symantec Corporation cometieron varios actos ilícitos en su arremetida contra la empresa mexicana.

Los ilícitos consistieron en denunciar ante el Ministerio Público Federal (MPF) a los dueños y empleados de CCC por piratería y solicitar una orden de cateo que fue cumplida y televisada. Rendón, presidente de CCC, las responsabiliza también de haber proseguido la demanda a pesar de conocer de la inocencia de los acusados.

Otros cargos en contra de las empresas estadunidenses, identificados por los magistrados de la Octava Sala, fue declarar falsamente ante el MPF y presentar ante esa instancia como testigos de los hechos falsos a personas cuyo testimonio había sido fabricado, comprado y aleccionado. Las responsabilizan también de presentar ante el MPF documentos falsos para incriminar a la empresa mexicana y de requerir documentos e información a CCC para acreditar su inocencia, a sabiendas de que esas peticiones eran imposibles de cumplir. Las empresas están obligadas a comprar espacio en Televisa y en Televisión Azteca para dar a conocer la sentencia.

De acuerdo con los abogados de CCC, Jorge y Luis Asali y Pablo Ojeda, el pago al que fueron condenadas las empresas estadunidenses representa apenas el 0.16 por ciento de su capital contable, el cual de acuerdo con las propias cifras de las firmas alcanza conjuntamente los 55 mil millones de dólares.

El costo que ha tenido para las empresas su arriesgada estrategia de venta se ha incrementado también, por lo que han tenido que desembolsar para pagar a los despachos contratados, que a pesar de su influencia no las han podido sacar del atolladero en que se metieron. Han puesto su caso en manos de los bufetes jurídicos de Salvador Rocha, de los abogados Hernández Romo y del ex procurador capitalino José Antonio González Fernández. Además, tuvieron que contratar a Eduardo Luengo Creel para ex carcelar al apoderado legal de Microsoft, Agustín Medina Ruiz, por declaración falsa ante el juez en el juicio civil. Recientemente, contrataron a Alberto Sepúlveda, del despacho White and Case.

La millonaria sanción, sin precedentes para empresas estadunidenses establecidas México, no ha sido conocida hasta ahora por los accionistas de dos de las empresas sancionadas, Microsoft y Symantec. Como empresas que cotizan en la Bolsa de Valores de Nueva York, están obligadas a reportar a la Comisión de Valores (Securities Exchange Comission) contingencias legales como esta.

Con todo, en su reporte de diciembre pasado omitieron esa información, por lo que sus inversionistas desconocen la condena y su “modus operandi” en México, dice Asali.

En abril próximo habrá una audiencia en el Tribunal Superior de Los Ángeles, en la que se le informará al juez de la sentencia en firme de la reparación del daño que están obligadas a pagar las empresas.

No hay comentarios.: