Caracas 27 Mar.- El TSJ prohibió hoy a la vicecanciller venezolana para América del Norte, Mari Pili Hernández, seguir ejerciendo cargos públicos, al anular un amparo sobre una sanción que le impuso la Contraloría en el 2004.
La revocación del amparo dejó en vigor la decisión adoptada en noviembre del 2004 por la Contraloría, que la inhabilitó para ejercer funciones públicas durante tres años y la multó con el equivalente a 133 dólares por transferencias supuestamente irregulares de dinero municipal cuando ejerció como concejal de un ayuntamiento de Caracas, en el período 1996-1999.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) detalló que la Contraloría "determinó responsabilidades" de Hernández, quien respaldó con su voto "seis órdenes de pago" de esas transferencias.
El TSJ aceptó inicialmente el amparo alegando que "la destitución de Hernández podía afectar la función pública y el desenvolvimiento de las relaciones diplomáticas del país en la región en la que ella ejerce funciones".
Ello fue apelado por la Contraloría y el TSJ determinó ahora que "la función pública de un funcionario no incide en la continuidad en la ejecución de las políticas y fines del Estado", por lo que la "destitución no comporta la interrupción o la afectación de las relaciones diplomáticas de Venezuela".
lunes, marzo 27, 2006
TSJ prohíbe a la vicecanciller Mari Pili Hernández ejercer cargos públicos
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