jueves, febrero 23, 2006

El Decreto de Solvencia Laboral herramienta progresiva para la Clase Trabajadora

Con beneplácito ha recibido la clase trabajadora del país el decreto presidencial Nº 4.248 en donde se obliga a los patronos y cooperativas del país que pretendan establecer vínculos con el estado relacionados con la solicitud de créditos, asistencia técnica, renegociaciones de deudas, participación en ruedas de negocios, aprobación de permisos y licencias de exportación e importación y la tramitación de divisas de la administración pública entre otros, la presentación de la Solvencia Laboral, que no es más que un documento administrativo emanado por el Ministerio del Trabajo que certifica que el patrono respeta efectivamente los derechos laborales y sindicales de sus trabajadores y trabajadoras. ( Tomado textualmente del Decreto Nº 4.248 )

El Inspector del Trabajo tiene la facultad de negar o revocar la Solvencia Laboral cuando el patrono o patrona:
a) Incumpla una resolución del Ministerio del Trabajo.
b) Se niegue a cumplir efectivamente la providencia administrativa de reenganche y pago de salarios caídos, así como otra decisión de la Inspectoría del Trabajo en el ámbito de su competencia.
c) Desacate cualquier otra observación realizada por los funcionarios competentes en materia de seguridad e higiene en el trabajo.
d) Incumpla con cualquier otra observación o requerimiento emanado por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales o el Instituto Nacional de Prevención, Seguridad y Salud Laborales.
e) Incumpla con una decisión de los Tribunales Laborales.
f) No cumpla con las cotizaciones y demás aportes del Sistema de Seguridad Social.
g) Menoscabe los derechos de libertad sindical, negociación colectiva voluntaria o de huelga.


Desde la UNT Carabobo respaldamos la acción del Ejecutivo Nacional, al decretar la obligatoriedad de la Solvencia Laboral, pues creemos que es una herramienta de gran utilidad ante la ausencia de una Ley del Trabajo que atienda las necesidades de la clase trabajadora Venezolana y del desgaste que ha tenido el Decreto de Inamovilidad Laboral, que al no tener carácter sancionatorio, no es respetado por los patronos de este país quienes no acatan las órdenes de reenganche y pagos de salarios caídos y combaten con todo su poderío económico a los trabajadores logrando comprar a Jueces Laborales y del Tribunal Contencioso Administrativo, quienes suspenden los efectos de las providencias administrativas emanadas de la Inspectoría del Trabajo tal como ocurre en el estado Carabobo.


PROPUESTAS PARA UNA REFORMA QUE FORTALEZCA EL DECRETO DE SOLVENCIA LABORAL


A propósito del Taller de Solvencia Laboral que se realizó en la ciudad de Caracas el pasado Martes 22 de Febrero, con la asistencia de dirigentes del sector público y privado de varias regiones del país, en donde se coincidió en el avance que significaba para los trabajadores y trabajadoras de este país la formulación de este decreto, además se expuso la problemática de los trabajadores y se evidenció la inconformidad y desilusión de los compañeros del sector público, ya que no sólo no entendían el porque este decreto no abarcaba a este sector sino que coincidían en que los trabajadores organizados deberíamos llevar a la Asamblea Nacional y al Ejecutivo Nacional dos propuestas que reforzarían el decreto dándole carácter clasista y revolucionario las cuales son:

1.- Contraloría Social en las Inspectorías del Trabajo: No solamente los dirigentes tienen que ejercer la Contraloría Social en todas las etapas de las gestiones de este ente, en los aspectos concernientes a los trabajadores, sino que la emisión de la Solvencia Laboral debe pasar por el filtro de los trabajadores en Asamblea, es decir se debe dar la consulta a los trabajadores para que ellos discutan y voten en Asamblea la aprobación de la Solvencia Laboral. Por tal motivo proponemos que los trabajadores organizados en la Conferederacion mas representativa y legitimada por las bases, elija a través de Asambleas Generales una Comisión Contraloría de los Trabajadores que haga seguimiento al cumplimiento del decreto en cuestión en las diferentes Inspectorias del Trabajo en las regiones.

2.- El decreto debe ser extensivo al Sector Público: Los trabajadores y trabajadoras del Sector Público, quienes tomaron el derecho de palabra, exponían la necesidad de que el decreto fuera posible aplicarlo en el sector publico ya que en este sector se violan los derechos mas fundamentales como homologación al salario mínimo, pago de cesta ticket, menoscabo de los derechos de libertad sindical y el no cumplimiento de órdenes de reenganche y pago de salarios caídos entre otros, es necesario que la Solvencia Laboral sea un requisito para el Sector Público.No creemos que debe haber discriminación en este decreto ya que este instrumento tiene que ser incluso condicional para la aprobación de la gestión de los Gobernadores, Alcaldes, Concejales y otros funcionarios de la Administración Pública con personal a su cargo.


Empresas a las que no se les debe dar la Solvencia Laboral


Desde Carabobo la UNT se pronuncia para que no se les emita o se les revoque la Solvencia Laboral a las empresas que violan los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras de este Estado, quienes persiguen a los trabajadores que se organizan, despidiéndolos cuando introducen un proyecto de sindicato, despiden injustificadamente a los trabajadores que pertenecen a sindicatos que combaten la burocracia sindical y patronal, que violan cláusulas de contratos colectivos, que desacatan informes y dictámenes de organismos como INPSASEL y violan la Ley del Trabajo y la LOPCYMAT, tenemos que resaltar que este decreto tiene el alcance que no tiene las organizaciones sindicales de llegar a sectores de trabajadores que son explotados y no están organizados tales como trabajadores en cooperativas y trabajadores del sector comercio, panaderías etc.

Entre las empresas privadas que no se les debe emitir la citada Solvencia Laboral en Carabobo se encuentran:

DaimlerChrysler de Venezuela L.L.C., Encava, Colgate Palmolive, Firestone, Cerámicas Carabobo, Ajeven KR, HieloMatic, Coca Cola, Proavena, Good Year, Incomed, Interamericana del Cable, Novartis (Cereales Gerber), Automercados San Diego, Tiendas Ferka, Ferreterías EPA, Sector Calzado en su totalidad.

No hay comentarios.: