Se ha solicitado al presidente de la Asamblea Nacional, diputado
Nicolás Maduro, suspender la segunda discusión de la Reforma de la Ley
de los Consejos Locales de Planificación Pública, anunciada para este
martes 31 de enero, hasta tanto todas las organizaciones sociales
tengan acceso al proyecto reformista y emitan sus criterios al
respecto, mediante la Difusión amplia del texto aprobado en primera
discusión, a traves de todos los medios impresos y televisivos tanto
nacionales como regionales.
A continuación le publicamos el modelo de comunicación que contiene los
fundamentos para solicitar la suspensión la segunda discusión de la
Reforma de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, la
cual cualquier venezolano puede enviarla a su destinatario antes del
martes 31 de enero.
modelo de comunicación:
Ciudad -------de enero del 2006.
Diputado
Maduro Moros, Nicolás (nmaduro@asambleanacional.gov.ve )
Presidente
Asamblea Nacional
República Bolivariana de Venezuela
Su Despacho
Por medio de la presente, yo, -------------, profesión---------------,
portador de la cedula Nº -----------------------, residenciado en
Municipio ----------------, procediendo en ejercicio de mis propios y
exclusivos derechos, establecidos en el artículo 51 de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela, con preciso cumplimiento de
las formalidades, acudo respetuosamente ante usted en su condición de
Presidente de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de
Venezuela a los efectos de solicitarle pueda interceder para suspender
la Segunda discusión la Reforma de la Ley de los Consejos Locales de
Planificación Pública prevista para este martes, 31 de enero, aprobada
dicha Reforma en Primera Discusión, el 24 de enero del presente año,
fundamentada esta solicitud en los siguientes puntos:
1.. la Ausencia de convocatoria de mas de los 3600 consejeros
vecinales y de los sectores organizados en los 337 CLPP que deben
existir en el país, los cuales deben estar ejerciendo su tercer mandato
que finaliza el 12 de junio de este año, los cuales son actores de
primera línea para discutir y participar con sus propuestas y
experiencias, en la Reforma de la Ley de los Consejos Locales de
Planificación Pública, en la segunda Discusión programada para el 31 de
enero del 2006 (La Ley de los CLPP se encuentra vigente desde el 12 de
junio del año 2002)
2.. No se ha divulgado suficientemente por los medios escritos,
radiales y televisivos a nivel nacional y a nivel de cada municipio, el
texto de la Reforma citada para que todos los venezolanos puedan
conocer lo suficientemente el alcance de la modificación que se está
realizando a la operatibilidad del Órgano cogestionario constitucional
a nivel municipal por excelencia, por lo que la fecha prevista para la
segunda Discusión programada el 31 de enero del 2006, no permitirá
participar a todos los ciudadanos y aportar sus opiniones y propuestas.
3.. Se debe priorizar previamente, la Ley de Contraloría Social, ya
que su ausencia no permite ejercer el control social de manera efectiva
dentro de las atribuciones que se desean implementar dentro de la
Propuesta aprobada en la Segunda discusión la Reforma de la Ley de los
Consejos Locales de Planificación Pública.
4.. Se debe igualmente priorizar previamente, la Ley de Participación
Ciudadana, para que pueda dar el marco legal constitucional a los
distintos procesos de actuación de todos los ciudadanos, organizaciones
civiles y vecinales, así como las comunidades organizadas.
5.. Se debe igualmente priorizar previamente, la Ley de Transferencia
de recursos a las comunidades organizadas dentro de lo establecido en
el artículo constitucional Nº 184.
Igualmente recomendamos que previamente a la Segunda discusión la
Reforma de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública,
realizar las actuaciones pertinentes para el logro de las siguientes
metas:
a.. -Impulsar y consolidar el proceso de renovación de los
consejeros vecinales y de los sectores organizados de los 337 CLPP del
país que tienen sus mandatos vencidos desde el 12 de octubre del año
2004.
b.. -Impulsar y consolidar la Instalación de las 337 Salas técnicas
que deben estar instaladas en los 337 Consejos Locales de Planificación
Públicas del País, según lo establecido en el articulo Nº 19 de la Ley
vigente de los CLPP, los cuales son urgentemente requeridas para que
puedan transformar las propuestas los Consejos Comunales, Parroquiales
y de cualquier ciudadano presente a nombre de su comunidad y sea
aprobada en su respectiva Asamblea, en Proyecto viable y listo para
poder obtener recursos para su ejecución y permitir ejercer la
Contraloría social con los elementos técnicos, administrativos
necesarios para su efectivo control.
Esperando contar con las oportunas y adecuadas actuaciones
por parte de su despacho en resguardo a los derechos constitucionales
protagónicos y participativos de todos los venezolanos ampliamente
mencionados con antelación
Atentamente
Nombre
Cel: -------------------
correos sugeridos:
el correo del Presidente de la AN es :
nmaduro@asambleanacional.gov.ve
recomendaría enviar igualmente a
consulta-leyes@asambleanacional.gov.ve
participacionciudadana@asambleanacional.gov.ve.
para los residentes de la Capital, recomendable entregar la solicitud al edificio sede de los Diputados...
mas información:
www.reforma.consejoslocales.org
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