lunes, enero 30, 2006

AN debe suspender Reforma de la Ley de los CLPP

Se ha solicitado  al presidente de la Asamblea Nacional, diputado Nicolás Maduro, suspender la segunda discusión de la Reforma de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, anunciada para este martes 31 de enero, hasta tanto todas las organizaciones sociales tengan acceso al proyecto reformista y emitan sus criterios al respecto, mediante la Difusión amplia del texto aprobado en primera discusión, a traves de todos los medios impresos y televisivos tanto nacionales como regionales.

A continuación le publicamos el modelo de comunicación que contiene los fundamentos para solicitar la suspensión  la segunda discusión de la Reforma de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, la cual cualquier venezolano puede  enviarla a su destinatario antes del martes 31 de enero.




modelo de comunicación:


Ciudad   -------de enero del 2006.
Diputado

Maduro Moros, Nicolás (nmaduro@asambleanacional.gov.ve )

Presidente

Asamblea Nacional

República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

 

Por medio de la presente, yo, -------------, profesión---------------, portador de la cedula Nº -----------------------,  residenciado en  Municipio ----------------,  procediendo en ejercicio de mis propios y exclusivos derechos, establecidos en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con preciso cumplimiento de las formalidades, acudo respetuosamente ante usted en su condición de Presidente de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela a los efectos de  solicitarle pueda interceder para suspender la Segunda discusión la Reforma  de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública prevista para este martes, 31 de enero, aprobada dicha Reforma en Primera Discusión, el 24 de enero del presente año, fundamentada esta solicitud en los siguientes puntos:

 

  1.. la Ausencia de convocatoria de mas de los 3600 consejeros vecinales y de los sectores organizados en los 337 CLPP que deben existir en el país, los cuales deben estar ejerciendo su tercer mandato que finaliza el 12 de junio de este año, los cuales son actores de primera línea para discutir y participar con sus propuestas y experiencias, en la Reforma de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, en la segunda Discusión programada para el 31 de enero del 2006 (La Ley de los CLPP se encuentra vigente desde el 12 de junio del año 2002)
  2.. No se ha divulgado suficientemente por los medios escritos, radiales y televisivos a nivel nacional y a nivel de cada municipio, el texto de la Reforma citada para que todos los venezolanos puedan conocer lo suficientemente el alcance de la modificación que se está realizando a la operatibilidad del Órgano cogestionario constitucional a nivel municipal por excelencia, por lo que la fecha prevista para la segunda Discusión programada el 31 de enero del 2006, no permitirá participar a todos los ciudadanos y aportar sus opiniones y propuestas.
  3.. Se debe priorizar previamente, la Ley de Contraloría Social, ya que su ausencia no permite ejercer el control social de manera efectiva dentro de las atribuciones que se desean implementar dentro de la Propuesta aprobada en la Segunda discusión la Reforma  de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública.
  4.. Se debe igualmente priorizar previamente, la Ley de Participación Ciudadana, para que pueda dar el marco legal constitucional a los distintos procesos de actuación de todos los ciudadanos, organizaciones civiles y vecinales, así como las comunidades organizadas.
  5.. Se debe igualmente priorizar previamente, la Ley de Transferencia de recursos a las comunidades organizadas dentro de lo establecido en el artículo constitucional Nº 184.
 

 

 

Igualmente recomendamos que previamente a la Segunda discusión la Reforma  de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, realizar las actuaciones pertinentes para el logro de las siguientes  metas:

 

    a.. -Impulsar y consolidar  el proceso de renovación de los consejeros vecinales y de los sectores organizados de los 337 CLPP del país que tienen sus mandatos vencidos desde el 12 de octubre del año 2004.
    b.. -Impulsar y consolidar la Instalación de las 337 Salas técnicas que deben estar instaladas en los 337 Consejos Locales de Planificación Públicas del País, según lo establecido en el articulo Nº 19 de la Ley vigente de los CLPP, los cuales   son urgentemente requeridas para que puedan transformar las propuestas los Consejos Comunales, Parroquiales y de cualquier ciudadano presente a nombre de su comunidad y sea aprobada en su respectiva Asamblea, en Proyecto viable y listo para  poder obtener recursos para su ejecución y permitir ejercer la Contraloría social con los elementos técnicos, administrativos necesarios para su efectivo control.
 

            Esperando contar con las oportunas y adecuadas actuaciones por parte de su despacho en resguardo a los derechos constitucionales protagónicos y participativos de todos los venezolanos ampliamente mencionados con antelación

 

Atentamente

 

 

Nombre

Cel: -------------------





correos sugeridos:



el correo del Presidente de la AN es :
nmaduro@asambleanacional.gov.ve

recomendaría enviar igualmente a
consulta-leyes@asambleanacional.gov.ve
participacionciudadana@asambleanacional.gov.ve.

para los residentes de la Capital, recomendable entregar la solicitud al edificio sede de los Diputados...

mas información:

www.reforma.consejoslocales.org

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