Nicaragua deberá aprobar un paquete de reformas legales relacionadas a la propiedad intelectual, para la entrada en vigencia del DR-Cafta. Desde ya el panorama “pinta” negro debido a los diversos intereses que habrá que conciliar. LA PRENSA presentará a lo largo de esta semana una serie de reportajes sobre los alcances e implicaciones de estas reformas.
En los mercados de Managua la venta de videos y discos compactos es un negocio que crece día a día.
El 6 de junio de 1999 los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron
la Ley de Derechos de Autor, una de las principales reglas jurídica del
comercio y de la propiedad intelectual, quedando así sellado un
compromiso que Nicaragua había adquirido con el gobierno de Estados
Unidos.
Sin embargo, con motivo de la entrada en vigencia del tratado de libre
comercio firmado por los Estados Unidos con Centroamérica y República
Dominicana (DR-Cafta), que podría ocurrir en los próximos meses, el
gobierno nicaragüense debe empujar la aprobación de algunas reformas
legales.
En ese sentido, funcionarios del Registro de Propiedad Intelectual del
Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific), junto a un grupo
de expertos, y buscando un consenso con las diferentes organizaciones
que aglutinan a la industria y los artistas nacionales, se han dado a
la tarea de preparar las modificaciones pertinentes a un paquete de
leyes.
Las reformas de propiedad intelectual implican modificaciones a la Ley
312, Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos; la Ley 380,
relacionada con las marcas y otros signos distintivos; la Ley 322 que
protege las señales satelitales portadoras de programas; y la Ley 318
que tiene que ver con la protección de las obtenciones vegetales.
Ambrosia Lezama, directora del Registro de Propiedad Intelectual del
Mific, indicó que las modificaciones apuntan a tres ejes fundamentales.
El primero tiene que ver con la seguridad jurídica a los bienes
intelectuales, el segundo con la discrecionalidad de las autoridades
judiciales cuando están frente a decomisos de bienes “pirateados” o que
han sido incautados por delitos de propiedad intelectual, y el tercer
punto de las reformas tiene que ver con la facilitación y
simplificación de trámites.
Las reformas a la Ley de Propiedad Intelectual, son parte de la “punta de lanza” de estas reformas.
En el caso de los bienes incautados, Roxana Mántica, directora de la
disquera Mántica Waid, dijo que les interesa que el objeto del delito,
es decir el producto, salga del mercado. “Nosotros no queremos ver a
nadie preso”, indicó en un encuentro que sostuvieron con las
autoridades gubernamentales.
Según empresarios nacionales, relacionados al mundo del espectáculo
pero que omitieron su nombre, las empresas relacionadas con el cine, la
música, los libros, los videojuegos, los espectáculos, entre otras
actividades, convencieron al Departamento de Comercio de Estados
Unidos, de que las leyes que protegen los derechos de los autores
actualmente en vigencia en Centroamérica, son insuficientes y no
garantizan sus derechos.
El cantautor, Martín Ruiz, manifestó que respondiendo a preocupaciones
de sus empresarios el gobierno norteamericano está pidiendo a los
países firmantes del DR-Cafta que reformen o aprueben nuevas leyes que
den seguridad jurídica a los ejecutivos del negocio del
entretenimiento.
Nicaragua aprobó en la administración de Arnoldo Alemán una ley de
derechos de autor que fue criticada por diferentes sectores nacionales,
y que hasta provocó marchas de protesta de los vendedores de casettes y
discos compactos.
Los expertos consideran que la ley nicaragüense es una de las más duras
de Centroamérica, pero ahora resulta que no es lo suficiente para la
industria estadounidense.
Las modificaciones en las leyes de propiedad intelectual es una materia
que el gobierno de los Estados Unidos ha venido pidiendo. En octubre
del 2002, la entonces embajadora estadounidense Barbara Moore, indicaba
que el fortalecimiento del régimen de la propiedad intelectual en
Nicaragua, mejorará igualmente el ambiente comercial del país.
“El establecimiento exitoso de un Tratado de Libre Comercio entre los
Estados Unidos y Centroamérica, con perdurables beneficios para todos
sus miembros, requerirá un compromiso claro por parte de todos nosotros
con la protección real de los derechos de propiedad intelectual”, dijo
esa vez.
ALEGAN IMPRECISIONES Y CONTRADICCIONES
René Orúe, experto en temas de propiedad intelectual y derechos de
autor, señaló que una de las partes que se debe corregir en la Ley de
Derechos de Autor, es la referida a las sanciones de los delitos en
materia de derechos de autor. Señaló que en los artículos 106, 107, 108
y 111 de la referida ley, existen ciertas imprecisiones que deben de
ser corregidas.
Estos artículos hacen referencia a una serie de conductas que no existen jurídicamente, indicó.
Señaló que con esta ley, hasta el momento, no existe el derecho de
divulgación para los intérpretes y ejecutantes, es decir sólo para los
autores, sin embargo —indica el experto— la ley hace referencia a esa
figura en el artículo 108, “eso es un error de imprecisión que habría
que reformar”.
La Ley de Derechos de Autor, en su artículo 106, que tiene que ver con
las violaciones y sanciones penales, dice que será sancionado con
prisión de uno a dos años el que violare los derechos de autor, del
artista intérprete o ejecutante, del productor de fonograma u
organismos de radiodifusión.
En tanto, el artículo 108 declara que las sanciones previstas en los
artículos anteriores, podrán aumentarse en una tercera parte, cuando
los delitos sean cometidos respecto de una obra, interpretación,
producción, no destinadas a la divulgación, o con atribución falsa de
su paternidad, con deformación, mutilación u otras modificaciones que
pongan en peligro el decoro o la reputación a una de las personas
protegidas por la ley.
Los artículos 106 y 107 hacen referencia a piratería de una obra no
divulgada. Pero “no existe piratería de una obra no divulgada, y la ley
hace referencia a eso, es un error porque tipifica una conducta que no
existe, la piratería se da cuando un libro ya salió a la venta o el
disco compacto de un autor que ya fue divulgada”, indicó.
Entre tanto, Lezama señaló que las reformas a la Ley de Derecho de
Autor están buscando que el autor y el artista puedan tener los mismos
estándares. “El artista, intérprete o ejecutante podrá autorizar o
prohibir la reproducción directa o indirecta de una obra, este es un
beneficio adicional para todos nuestros intérpretes y ejecutantes”,
señaló.
Estudios hechos por casas disqueras y similares, indican que si bien
las leyes existen, éstas no se aplican con el rigor que ellos
quisieran. Además de permitir el ingreso de miles de libros, así como
cintas y discos compactos de contrabando con películas y música
pirateada, proliferan las empresitas dedicadas a la reproducción de las
copias piratas.
Ante esta situación, Lezama indicó que con la reformas que se harán, se
pretende asegurar a los titulares que el bien pirateado no regrese al
canal del comercio, porque se estaría haciendo una competencia desleal
al comerciante legítimo, además de hacer un gran daño al fisco por los
impuestos no cobrados por ese comercio informal.
Porque, explicó, “si permitimos que el material pirateado siga en el
mercado, estamos permitiendo los delitos de propiedad intelectual o que
vuelva a cometerse el mismo”.
Señaló que con la incautación de las copias pirateadas no es
suficiente. “En las reformas queremos ver de qué manera se decomisan o
destruyen los equipos que se utilizan para la reproducción de los
mismos. Hasta el momento las autoridades judiciales y policiales, no
pueden incautar las máquinas de reproducción. Entonces lo que
pretendemos es fortalecer para que se protejan los bienes intangibles”,
dijo.
El cantautor Engel Ortega y ahora director de la organización
Nica-autor, destacó que el derecho de autor es un negocio de la gente
que crea arte y, por lo tanto, debe de ser respetado. Indicó que la ley
lo que está previendo es que a muchos artistas jóvenes no les pase lo
que le ha pasado a muchos que han muerto en el olvido. “Queremos que
todos los artistas tengan una ley sólida que se haga respetar”,
sostuvo.
Manifestó que con las modificaciones que se le pretenden realizar a la
Ley de Derechos de Autor, se convertiría en una de las más modernas de
la región. “Esta es una ley moderna y clara, pero queremos que sea aún
más clara”, señaló.
Señaló que hasta el momento, los vacíos que existen en la ley han
permitido que se juegue con las obras de los artistas nacionales,
moción que fue secundada por Roxana Mántica, directora de la disquera
Mántica Waid.
POLICÍA AL ACECHO
La Policía Nacional (PN) hasta el momento actúa por medio de denuncias,
lo cual dicen las autoridades es una limitante. Mientras nadie haga la
denuncia no pueden actuar, pero con la reforma podrán actuar de oficio,
siempre y cuando sea en la vía pública.
El subcomisionado Manuel Obando, de la Dirección de Investigaciones
Económicas de la PN, dijo a LA PRENSA que en el último año los delitos
relacionados a la piratería aumentaron en relación a años anteriores.
“El incremento ha sido significativo, en principio se debe al uso de
tecnología más avanzada, ahora en un equipo los que se dedican a estos
ilícitos pueden quemar hasta 12 discos en menos de un minuto”, indicó.
“Creo que con esta nueva ley (tras las reformas) se reducirá la
piratería, aunque te digo que erradicarla, eso no se da en ningún país
del mundo”, dijo.
La Ley de Derechos de Autor “receta” prisión de uno a dos años para los
que practiquen la “piratería”, es decir, la reproducción ilegal, pero
esto se contradice con el Código Procesal Penal, porque éste establece
que a las personas a las que se les decomisa mercadería pirateada, no
se les puede encarcelar, por ser un acto en donde no hay riesgo de la
vida.
“Ahora nosotros vamos a actuar más fuerte, estaremos decomisando todo
el material reproducido y las máquinas que utilizan para la
reproducción del mismo, y estos pasan a orden del juez, el que
determina a quién se le entregan”, indicó Obando.
El debate ha iniciado y en las próximas semanas se trasladará al
parlamento, donde los liberales han dicho apoyarán cualquier reforma
que empuje la vigencia del DR-Cafta. Los sandinistas han dicho que
esperan la propuesta oficial de reformas para opinar.
¿QUÉ DICE LA LEGISLACIÓN VIGENTE?
La Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos reconoce como autor a la
persona natural que crea alguna obra, sea literaria, artística o
científica. Artista Intérprete o Ejecutante a todo actor, cantante,
músico, bailarín u otra persona que represente un papel, cante, recite,
declame, interprete o ejecute en cualquier forma una obra literaria o
artística o una expresión de folclore.
El derecho de autor de una obra literaria, artesanal, artística o
científica corresponde al autor por el sólo hecho de su creación. Y
comprende facultades de carácter moral y patrimonial que confieren al
autor la plena disposición y el derecho exclusivo de explotación de la
obra, sin más limitaciones que las establecidas en la ley.
La ley igualmente establece que se presumirá autor, salvo prueba en
contrario, a quien aparezca como tal en la obra, mediante su nombre,
firma, seudónimo, iniciales o signo que lo identifique.
Están protegidos por la ley las obras artísticas artesanales producto
del ente popular en sus diversas expresiones y formas; las obras
literarias, ya sean orales como los discursos, y escritas como las
novelas; y las composiciones musicales, con o sin letra. También las
obras audiovisuales, las esculturas, pinturas, grabados, dibujos, las
historietas gráficas o cómicas y las obras plásticas en general.
Igualmente las fotografías; así como las obras de arquitectura y sus
proyectos, ensayos, bosquejos, planos, maquetas, y diseños de obras de
arquitectura, por ejemplo.
Las anunciadas reformas a la ley despiertan desde ya temores entre
comerciantes y consumidores. Hortensia Salinas, una vendedora
ambulante, dijo que de su trabajo dependen sus dos hijos. “Este es el
único negocio al que me puedo dedicar, uno no necesita grandes
cantidades de dinero para dedicarse a este negocio”, dice.
“Estamos en un país pobre en donde con costo se gana para medio comer y
jamás nos vamos a dar el lujo de comprar un CD (disco compacto) caro”,
indicó Fernando Salgado, mientras compraba un disco compacto de Vicente
Fernández, en un mercado capitalino.
PRECIOS Y CALIDAD
Sobre el costo de la “piratería” a nivel nacional, nadie lo sabe con
certeza. Pero por ejemplo, en los mercados de Managua un disco compacto
de música se vende a entre 20 a 30 córdobas, y uno de video al menos en
40 córdobas. Entre tanto, un disco nacional original como mínimo cuesta
200 córdobas y si es extranjero e igualmente original al menos se vende
en 300 córdobas. Además del precio, la calidad también hace la
diferencia.
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