domingo, abril 09, 2006

Presidente Chávez promulga Ley de los Consejos Comunales

Caracas, 9 Abr. - El presidente venezolano Hugo Chávez promulgó hoy la Ley de los Consejos Comunales, normativa jurídica de la nación sudamericana aprobada hace apenas tres días por la Asamblea Nacional.

Chávez consideró a la novedosa legislación como fundamental "para colocar las bases en ese tránsito y salto para trascender la democracia meramente representativa por la participativa".

El estadista subrayó "estamos siendo coherentes con la esperanza de un pueblo, que toma las riendas de la construcción de la patria y trasciende de la palabra a los hechos".

Chávez formuló esas consideraciones en la edición 252 del dominical espacio radiotelevisivo "Aló Presidente", desde el estado de Carabobo, donde en el siglo XIX el Libertador, Simón Bolívar, obtuvo una resonante victoria.

"Es una buena fecha escoger este Domingo de Ramos para esta promulgación con verdadero sentimiento y pasión cristiana, recibamosla con júbilo y regocijo para unirnos con amor patrio en esta tierra sagrada que abonó el campo fértil de la nación", significó.

El parlamento venezolano sancionó el citado instrumento y de esta manera creó un aparato legal que regula y desarrolla la integración, organización y funcionamiento de esas unidades comunitarias.

De acuerdo con el texto, también se prevén las relaciones con el Estado, para formular y ejecutar las políticas públicas, así como su control y evaluación.

Establece también la figura de los bancos comunales como instancia de desarrollo económico, alternativo, social y participativo, entes que tendrán la posibilidad de crear mecanismos de intercambio solidario de bienes y servicios.

Diputados aseguran que estos Consejos no son solamente instancias para presentar proyectos y solicitar recursos, sino también instancias de participación y protagonismo popular.

Dividida en 10 capítulos y con 30 artículos, la reglamentación establece que esa estructura está integrada por la asamblea de ciudadanos como órgano para adoptar decisiones, y un número variable de Comités de Trabajo.

Completan el cuadro de dirección, de acuerdo con el procedimiento, las unidades de gestión financiera como órgano económico-financiero y la de contraloría social como pieza para el control.

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