miércoles, febrero 15, 2006

Normas contra legitimación de capitales repercuten positivamente en el mercado

Una positiva repercusión en el mercado de capitales tienen las normas para la prevención, el control y la fiscalización de las operaciones de legitimación de capitales aplicables al mercado de capitales venezolanos, publicadas en la Gaceta Oficial Nº 38.354, de fecha 10 de enero de 2006, afirmó el presidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV), Fernando De Candia Ochoa.

El funcionario destacó que la normativa en cuestión viene a fortalecer la gestión de los entes regulados por la CNV, algunos susceptibles de ser utilizados como vehículos o intermediarios en el grave delito de legitimación de capitales.

Precisó que el objeto de esta resolución es establecer las políticas, las normas y los procedimientos continuos y permanentes que deben seguir los sujetos obligados, con la finalidad de evitar que sean utilizados como instrumentos para la legitimación de capitales provenientes de actividades ilícitas. Tales previsiones están contenidas en la Ley Contra la Delincuencia Organizada y en la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. La referida resolución faculta a la CNV para efectuar el control, la inspección, la vigilancia y la supervisión de tales actividades.

"En su artículo 2, las normas determinan quiénes y cuáles son los sujetos obligados en función de garantes por organización, con la obligación legal de prevenir y controlar, atendiendo al principio de mejor diligencia debida, para evitar ser utilizados como instrumentos para la legitimación de capitales provenientes de actividades ilícitas".

Opina De Candia Ochoa que la CNV está llamada a diseñar y a desarrollar los planes operativos fijados por la Red Nacional contra la Legitimación de Capitales, de acuerdo con la estrategia nacional fijada en Consejo de Ministros de fecha 11 de septiembre de 2002, cuya aplicación rige desde ese año hasta 2007.

"Estas normas establecen los mecanismos de información, incluidos los sistemas de procesamiento electrónico de datos, así como los de prevención y control destinados a evitar y detectar operaciones que involucren el delito de legitimación de capitales. Igualmente, a informar de manera oportuna a los órganos competentes, de aquellos hechos, actos o circunstancias que se enmarquen dentro de los supuestos de la normativa legal vigente", señaló el presidente de la CNV.

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