lunes, marzo 13, 2006

Director de Sapi: Venezuela se opondrá ante la CAN a modificación del artículo 266

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Eduardo Samán
Foto: ABN

El director del Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (Sapi) Eduardo Samán, aseguró que Venezuela se opondrá nuevamente Ante la Comunidad Andina (CAN) a la modificación del artículo 266 referente a la propiedad intelectual.

Este artículo regula los ensayos clínicos que se presentan ante la autoridad sanitaria para obtener el registro de comercialización para medicamentos y productos químicos de uso agrícola.

La negativa venezolana será presentada en la próxima reunión de los ministros de comercio exterior de la Comunidad Andina que prevé efectuarse el 20 de marzo en Lima, Perú.

La interpretación que Venezuela le ha dado a ese artículo es que la protección de estos datos de prueba no impide el otorgamiento de registros sanitarios a terceros o a competidores que puedan producir medicamentos genéricos a menor costo.

Explicó que Colombia ha interpretado que el artículo 266 implica otorgar derechos exclusivos a los primeros que introducen el registro.

El Tribunal Andino, en diciembre de 2005, dictaminó que Colombia cuando reguló el artículo 266 con un decreto ley violó la legislación andina, por lo que instó al país neogranadino a que derogue ese decreto.

Samán agregó que el contenido del decreto ley se encuentra en el texto del Tratado de Libre Comercio (TLC) que firmó Colombia con Estados Unidos y será analizado por los congresos de ambas naciones.

Colombia ha pedido, conjuntamente con Ecuador y Perú, modificar este artículo ante la CAN para no infringir el TLC y la legislación andina.

Dijo que tanto Venezuela como Bolivia han respondido que no están de acuerdo con la modificación de ese artículo por cuanto vulneraría la salud pública.

Recordó que en dos ocasiones se ha consultado esta modificación ante la CAN y las dos veces Venezuela y Bolivia han manifestado que no están de acuerdo porque no es el espíritu del legislador andino el introducir el otorgamiento de derechos exclusivos para ensayos clínicos.

Bajo la óptica de Samán, hacer esta modificación implicaría crear patentes de facto sobre los ensayos clínicos, lo cual le daría protección por cinco años a los medicamentos que no tienen patentes.

Señaló que ello restringiría el acceso a los fármacos y a los productos químicos de uso agrícola, donde estaría involucrada la salud y la seguridad alimentaria.

La modificación de este artículo depende de que ningún país se oponga a dicha idea, pero ya Venezuela y Bolivia lo hicieron.

Comentó que ante tal situación Colombia ha amenazado con que en la próxima reunión donde se votará este tema llamaría a una segunda votación para que se apruebe por mayoría simple, pero Samán estima poco probable este escenario.

FIN/ABN/LR/ECO/JGC/MV

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