jueves, marzo 16, 2006

Paraguay: MIC comenzó a anular patentes que otorgó violando la ley

El Ministerio de Industria y Comercio dio a conocer las primeras tres resoluciones por las que procedió a anular, oficialmente, tres patentes farmacéuticas que otorgó ilegalmente en 1995 y el 2000, respectivamente, a través de la Dirección General de la Propiedad Industrial (DPI).
[shim]
En ese sentido, la Resolución Nº 32, del 13 de marzo del corriente año, revoca la Resolución Nº 48/95, del 26 de noviembre de 1995, por la cual la DPI otorgó patente de invención a favor de la firma "Sandoz Ltd.", por su invento denominado "procedimiento para preparar una composición farmacéutica a base de ciclosporina" que, en realidad, se trata de una composición farmacéutica.

Consecuentemente, se deja sin efecto el título de patente de invención Nº 3606, de fecha 7 de diciembre de 1995. De acuerdo con la Boleta de Publicación (ver facsímil) emitida en 1994, el país de origen de la patente es Tangayika, actualmente inexistente.

Cabe recordar que Tanganyika era una república africana del Este, dentro de la Comunidad de Naciones, denominado después de "Lago Tanganyika", que en 1964 se unió a la isla de Zanzibar para formar lo que hoy es Tanzania.

Se trata de la anulación de patentes revalidadas, que fueron obtenidas en otros países, que en este caso se trata de un país africano hoy inexistente. Sin embargo, el documento ubica a la firma patentista con domicilio en Basel Suiza.

Igualmente, por resolución Nº 33, de la misma fecha, el MIC revoca la resolución de fecha 13 de noviembre de 2000, dictada por la DPI, por la cual se inscribió a favor de "Glaxo Wellcome SPA" la patente de invención denominada "Lacapadino para el tratamiento de la arteriosclerosis", y se deja sin efecto el título de patente de invención Nº 3.975, del 16 de noviembre de 2000.

También emitió la Resolución Nº 34, del 13 de marzo del corriente año por la cual anula la resolución dictada el 26 de junio de 2000, por el que la DPI inscribió a favor de la empresa "Vertex Pharmaceuticals Incorporated" la patente de invención denominada "Sulfonamidas inhibidoras de la aspartil proteasa". En consecuencia, deja sin efecto el título de patentes de invención Nº 3926, del 14 de julio de 2000.

Las tres disposiciones argumentan -entre otras cosas- que, por Resolución Nº 577, de diciembre de 2004, la Dirección General de la Propiedad Industrial había dispuesto que los registros de patentes de productos farmacéuticos solo podrán ser otorgados a partir del 1 de enero de 2005, de acuerdo con la nueva legislación vigente.

Las resoluciones sostienen además que las reválidas otorgadas a estas empresas no tienen valor jurídico alguno, puesto que ninguno de sus países de origen tienen tratados firmados con el Paraguay sobre el particular, y la legislación local tampoco lo permitían.
[060315222345634]

No hay comentarios.: