Desde mañana, en Lima, la Comunidad Andina de
Naciones (CAN) se reunirá para tratar sobre la Decisión 486, que habla
sobre la protección a la propiedad industrial.
En reunión
anterior, efectuada el 31 de enero, la CAN sancionó a Colombia por el
incumplimiento de esa norma, en particular del artículo 266.
En
éste, la CAN establece los mecanismo de aplicación que deben seguir sus
países socios para aprobar la comercialización de medicinas o
agroquímicos que usan nuevas entidades químicas en su formulación.
El
artículo 266 dice que “la presentación de datos de pruebas u otros no
divulgados cuya elaboración suponga un esfuerzo considerable, serán
protegidos contra todo uso comercial desleal”. Además, los países
miembros de la CAN protegerán esos datos contra “toda divulgación,
excepto cuando sea necesario para proteger al público”.
Según el
Tribunal Andino, Colombia incumplió la última parte del artículo cuando
incluyó en el 2002 la protección de datos de prueba en su legislación
sin establecer ninguna salvedad o excepción de aplicación.
Bogotá
aplica desde ese año la protección de datos de prueba, con lo cual se
adelantó a los pedidos de EE.UU. en ese sentido en el marco de las
negociaciones del Tratado de Libre Comercio (TLC) con los países
andinos.
Según la CAN, esa disposición contradice lo dicho en el
Decreto 486, mas Colombia, en concordancia con Perú y Ecuador, pretende
cambiar el artículo. Con ello, estas tres naciones podrán aceptar la
petición de EE.UU. sobre protección de datos de prueba y así evitar las
sanciones de la CAN.
En la reunión anterior donde se trató el
tema, Venezuela se mostró contraria a cualquier cambio a la normativa
andina para adaptarlo al TLC. Bolivia se abstuvo, mientras que los
socios restantes (Colombia, Perú y Ecuador) insistieron en la necesidad
de esa modificación.
En la cita que comienza mañana participará
por Ecuador el ministro de Comercio Exterior, Jorge Illingworth. El
funcionario llegará de Washington, luego de participar en la ronda del
TLC.
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